Análisis jurídico al sistema sancionatorio en el régimen de visitas en el Ecuador
Palabras clave:
Régimen de visitas, sanciones, interés superior del niño, progenitor, retención indebidaResumen
En el presente artículo se realizó un análisis jurídico-doctrinal del régimen de visitas en Ecuador y su sistema sancionatorio, centrándose en el principio del interés superior del niño. Para su consecución se utilizó un enfoque metodológico cualitativo, mediante el análisis documental, se examinó la normativa del Código de la Niñez y Adolescencia, la Constitución de la República del Ecuador, instrumentos internacionales de derechos humanos y aportes doctrinales. El estudio reveló que, si bien el ordenamiento jurídico reconoce este régimen como un derecho esencial y cuenta con instrumentos coactivos para su cumplimiento, su ejecución es de carácter punitivo, pero aún se carece de herramientas de acompañamiento familiar o supervisión interdisciplinaria. Por ello, se propuso un modelo de ejecución sancionatoria de tipo restaurativo, orientado a la prevención, el acompañamiento familiar, la supervisión técnica y un seguimiento judicial efectivo. Los resultados evidencian que, aunque el ordenamiento jurídico reconoce el régimen de visitas como un derecho esencial y dispone de mecanismos coactivos para su cumplimiento, su ejecución mantiene un carácter predominantemente punitivo y carece de herramientas de acompañamiento familiar y supervisión interdisciplinaria.
Descargas
Citas
Arévalo Franco, J. S. (2015). Suspensión provisional de la patria potestad por retención indebida del hijo o hija al obstaculizar el régimen de visitas conforme al art. 125 y 112 del Código de la Niñez y Adolescencia [Tesis de pregrado, Universidad Nacional de Loja].
Chaina Durán, R. J. (2024). Hacinamiento entre rejas: una aproximación al sistema de cupos carcelarios. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 57(171), 47-84. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2024.171.19198
Congreso de la República de Colombia. (1887). Código Civil de Colombia. Diario Oficial No. 7010. https://vlex.com.co/vid/codigo-civil-43010756
Congreso de la República de Colombia. (2006). Ley 1098 de 2006: Código de Infancia y Adolescencia. Diario Oficial No. 46.446. https://www.funcionpublica.gov.co/e
Congreso Nacional de la República de Chile. (2004). Ley No. 19.968. Crea los Tribunales de Familia. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=229557
Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial 449. https://www.lexis.com.ec/biblioteca/constitucion-republica-ecuador
Ecuador. Congreso Nacional. (2003). Ley No. 2002-100. Código de la Niñez y la Adolescencia. Ley 100 Registro Oficial 737. https://www.gob.ec/sites/default/files/regulations/2018-09/Documento_C%C3%B3digo-Ni%C3%B1ez-Adolescencia.pdf
Fondo de Naciones Unidad para la Infancia. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf
Fuentes-Águila, M. R., Díaz-de Perales, A. V., Brito-Febles, O. P., Sarango-Aguirre, H., Castillo, F. J., & Ramírez-de Castillo, A. (2024). Perspectivas de la prevención como estrategia del control social en Ecuador. Editorial UMET.
Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes ().
López Aquino, M. R. (2022). Síndrome parental y el régimen de visitas. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 6(3), 2366–2377. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i3.2381
López Torres, J. V. (2023). Tendencias sobre política criminal en Ecuador: Desafíos en la protección de los derechos ciudadanos. Revista Arbitrada Interdisciplinaria Koinonía, 8 (supl.2), 925–940. https://doi.org/10.35381/r.k.v8i2.3000
Martínez Altamirano, P. B. (2020). Análisis jurídico sobre el incumplimiento del régimen de visitas y la vulneración del interés superior de los niños, niñas y adolescentes [Tesis de pregrado, Universidad Regional Autónoma de los Andes].
Organización de las Naciones Unidas. (2013). Comité de los Derechos del Niño (CRC), Observación general Nº 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial, (artículo 3, párrafo 1), CRC /C/GC/14. https://www.refworld.org/es/ref/polilegal/crc/2013/es/95780
Organización de los Estados Americanos. (2018). Lineamientos técnicos para la protección integral de niños, niñas y adolescentes en el sistema de justicia. IIN–OEA. https://scm.oas.org/pdfs/2019/CP40590SINFORMEANUALIIN.pdf
Pinta Guanoluisa, J. M., & Villacrés López, J. M. (2023). Los derechos de las personas privadas de libertad dentro del sistema penitenciario ecuatoriano. Tesla Revista Científica, 3(1), e100. https://doi.org/10.55204/trc.v3i1.e100
Presidencia de la Nación Argentina. (2014). Código Civil y Comercial de la Nación. Ley 26.994. Decreto 1795/2014. Boletín Nacional del 08-Oct-2014. https://www.infoleg.gob.ar/norma/235975/consolidado-2015/codigo-civil-y-comercial-de-la-nacion-argentina#710
República de Francia. (1804). Código Civil. París: Legifrance. https://www.legifrance.gouv.fr/codes/id/LEGITEXT000006070721/
Tamayo Lara, K. V., & Huera Castro, D. E. (2016). Régimen de visitas como garantía de una paternidad y maternidad responsables [Tesis de pregrado, Universidad Regional Autónoma de los Andes].
Varsi Rospigliosi, E. (2012). Tratado de derecho de familia: Derecho familiar patrimonial. Relaciones económicas e instituciones supletorias y de amparo familiar (Tomo III). Gaceta Jurídica.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2025 Jessie Annabel Moreira-Gómez, Estefania Alexandra Alvarado-Matamoros, Guido Miguel Ramírez-López

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.
Los autores que publican en la Revista UGC están de acuerdo con los siguientes términos:
1. Derechos de Autor
Los autores conservan los derechos de autor sobre sus trabajos sin restricciones. Los autores otorgan a la revista el derecho de primera publicación. Para ello, ceden a la revista, de forma no exclusiva, los derechos de explotación (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación). Los autores pueden establecer otros acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la revista, siempre que exista un reconocimiento de su publicación inicial en esta revista.
© Los autores.
2. Licencia
Los trabajos se publican en la revista bajo la licencia de Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional de Creative Commons (CC BY-NC-SA 4.0). Los términos se pueden consultar en: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/deed.es
Esta licencia permite:
- Compartir: copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato.
- Adaptar: remezclar, transformar y crear a partir del material.
Bajo los siguientes términos:
- Atribución: ha de reconocer la autoría de manera apropiada, proporcionar un enlace a la licencia e indicar si se ha hecho algún cambio. Puede hacerlo de cualquier manera razonable, pero no de forma tal que sugiera que el licenciador le da soporte o patrocina el uso que se hace.
- NoComercial: no puede utilizar el material para finalidades comerciales.
- CompartirIgual: si remezcla, transforma o crea a partir del material, debe difundir su creación con la misma licencia que la obra original.
No hay restricciones adicionales. No puede aplicar términos legales ni medidas tecnológicas que restrinjan legalmente a otros hacer cualquier cosa que la licencia permita.





