Equilibrio de la política criminal de armas con seguridad pública y límites del ius puniendi
Palabras clave:
Tenencia de armas, política criminal, ius puniendi, mínima intervenciónResumen
En el actual panorama jurídico ecuatoriano, la aplicación del Derecho Penal en materia de armas plantea un debate sobre la proporcionalidad del castigo y la necesidad de intervención punitiva del Estado. El principio de mínima intervención penal adquiere especial relevancia cuando se trata de delitos que, si bien son sancionables, podrían resolverse por vías menos gravosas. En este marco, el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal, relativo a la tenencia y porte de armas, suscita interrogantes sobre el alcance del ius puniendi frente a conductas que, sin mediar violencia o amenaza, pueden ser criminalizadas. Esta reflexión crítica busca determinar si el Estado está haciendo un uso racional y legítimo del poder punitivo o si se está transgrediendo el carácter subsidiario del Derecho Penal. La investigación propone repensar las políticas criminales en clave de garantismo y respeto a los derechos fundamentales.
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